Este texto no sustituye lo publicado en el Diario Oficial de la Unión
Instituye la Semana Mundial del Amamantamiento (SMAM) en Brasil y establece la asociación entre el Ministerio de la Salud y la Sociedad Brasileña de Pediatría en las conmemoraciones de la SMAM.
El MINISTRO DE ESTADO DE LA SALUD, en el uso de las atribuciones que le confieren los incisos I y II del párrafo único del art. 87 de la Constitución, y
Considerando las prioridades, objetivos y metas del Pacto por la Vida en 2008, definidos por la Ordenanza nº 325/GM, del 21 de Febrero de 2008, que establece la reducción de la mortalidad materna e infantil, entre otros asuntos;
Considerando el Pacto Nacional por la Reducción de la Mortalidad Materna y Neonatal, lanzado en 8 de Marzo de 2004, que visa monitorear el cumplimiento de las acciones de protección a la salud del niño y de la mujer;
Considerando el compromiso internacional asumido por Brasil de cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, en especial el cuarto Objetivo, cuya meta es la reducción en dos tercios de la mortalidad de niños menores de cinco años, en el periodo de 1990 y 2015;
Considerando la II Investigación de Prevalencia de Lactancia Materna en las Capitales Brasileñas y Distrito Federal/2009, que revela que los índices de lactancia materna en Brasil están debajo de lo recomendado;
Considerando ser la lactancia materna importante estrategia de vínculo entre madre e hijo y de protección y promoción de la salud del niño y de la madre, cuyo éxito tiene implicación directa en la reducción de la mortalidad materna e infantil;
Considerando la necesidad de movilización de todos los segmentos de la sociedad en pro de la promoción, protección y apoyo del amamantamiento;
Considerando que la Semana Mundial del Amamantamiento (SMAM), idealizada por la WABA (World Alliance que sea Breastfeeding Action - Alianza Mundial para Acción en Lactancia Materna) ha sido conmemorada, desde 1992, en más de 150 países con el propósito de promover, proteger y apoyar la lactancia materna;
Considerando que las conmemoraciones de la SMAM se configuran como un importante marketing social capaz de aumentar los índices de lactancia materna en el País, reducir la desnutrición, la morbilidad, principalmente por infecciones gastrointestinales y respiratorias, y la mortalidad infantil;
Considerando que la movilización para las conmemoraciones de la SMAM ha sido creciente cada año, contando con el apoyo de las Secretarías Estatales y Municipales de Salud, de las Organizaciones No Gubernamentales, de los Organismos Internacionales, de las Sociedades Científicas, de los Hospitales Amigos del Niño, de la Red Nacional de Bancos de Leche Humana, y de otros compañeros importantes;
Considerando que el Ministerio de la Salud coordina las acciones de la SMAM en Brasil desde 1999;
Considerando que, en 1999, la Sociedad Brasileña de Pediatría lanzó la campaña de la “Madrina de la SMAM”;
Considerando que, desde 2004, las actividades de coordinación de la SMAM han sido realizadas en asociación con La Sociedad Brasileña de Pediatría; resuelve:
Art. 1º Instituir la Semana Mundial del Amamantamiento en Brasil con el propósito de promover, proteger y apoyar la lactancia materna.
Párrafo único. Las conmemoraciones de la SMAM serán anuales y acompañarán el calendario internacional, del 1º al 7 de Agosto.
Art. 2º La SMAM será coordinada, en ámbito nacional, por el Área Técnica de Salud del Niño y Lactancia Materna, del Departamento de Acciones Programáticas Estratégicas, de la Secretaría de Atención a la Salud, del Ministerio de la Salud, en asociación con La Sociedad Brasileña de Pediatría.
Art. 3º Esta Ordenanza entra en vigor en la fecha de su publicación.